Thursday, December 29, 2011

Carlos Marquez-Sterling, Cuba's 1958 President Elect (by Manuel Marquez-Sterling)



El sistema de votacion en Cuba

Alla en año 1958 en el mes de Junio
se celebraron las elecciones genera-
les de Cuba. En aquellos tiempos los
cargos que gobernaban a la Republica
de Cuba eran:
Presidente y Vicepresidente
Representando a las Seis Provincias
Habian.
Un Gobernador por cada provincia
En cada Provincia habian 9 senadores
Representantes a la Camara.
Por la Provincia de Pinar del Rio
habian 6 representantes a la Camara
Por la Provincia de La Habana
habian 18 representantes a la Camara
Por la Provincia de Matanzas
habian 5 representantes a la Camara
Por la Provincia de Las Villas
habian 14 representantes a la Camara
Por La Provincia de Camaguey
habian 7 representantes a la Camara
Por la Provincia de Oriente
habian 20 representates a la Camara

El voto en Cuba era obligatorio. La
persona que no ejercia el voto seria
sancionado con una multa de 1 a 30
cuotas. Esa persona perdera el derecho
a ocupar magistratura , cargo o empleo
publico alguno en el periodo de dos
años siguientes a partir de la fecha
de infraccion. A excepcion de :
A.- Enfermedad, recluido en un centro
hospitalario , guardando cama el dia
de las elecciones.
B.- Encontrandose en termino de gestacion,
la mujer gravida o en estado de puerperio
o guardando cama a consecuencia del mismo,
ese dia.
C.- Hallandose fuera del territorio
nacional.
D.- Encontrandose en prision preventiva
o condena correcional.
E.- Encontrandose en servicio el que
por la indole de su trabajo,no tenga
quien lo sustituya legalemente durante
las horas de votacion el dia de las
elecciones.
F.- Encontranse un candidato a cargo
nacional o provincial que no voto, fuera
del termino municipal en que esta inscrito
como elector, siempre que lo haga constar
ante la Junta Municipal Electorl del lugar
donde se encuentre.
G.- Habersele impedido votar por coaccion
o fuerza mayor o por causa ajena a su volun-
tad , debidamente comprobada a juicio de los
Tribunales.

Para poder ejercer el derecho a votar es
necesario estar inscripto como elector en el
Registro del Colegio. El ciudadano obtendra
un carnet del ultimo ejemplar del Carnet de
Identidad.
Cerciorese que tiene este ultimo en su poder.
Si por alguno potivo usted no tuviera en su
poder en carnet y no lo ha recogido en la Junta
acuda rapidamente a buscarlo porque ese es
la verificacion de su identidad y voto.
Para facilida del ciudadano
El dia de las Elecciones siempre es festivo
Si esta trabajando con un Patron o Empresa
privada que no obstante a esa festividad
usted puede trabajar ese dia , pero debe
ejercer el derecho de ausentarse de su empleo
destino o trabajo para votar en las horas com-
prendidas 8 am a 6 pm. El ciudadano solo
tiene que pedirle al patron permizo el dia
antes de las elecciones o el mismo dia.
Usted no sufrira ninguna reduccion de su sueldo
o salario.
El elector que tenga que traladarse a otro
Municipio para poder votar tiene el derecho a
que los Ferrocarriles y Omnibus le hagan un
descuento del CINCUENTA por CIENTO en el valor
corriente en la ida y en la vuelta, con solo
mostrar el carnet de identificacion,siempre
que el viaje de ida lo haga dentro de los cinco
dias anteriores al dia de la votacion y el regre-
so dentro de los cinco dias siguiente a la misma
fecha.

La Votacion se hara de las 8 A.M. a 6 P.M.
Las Mesas del Colegio se deben abrir antes de las
9 de la mañana.En caso de que la Mesa Electoral
por cualquier motivo no estuviese abierta usted
debe comunicarselo a la Junta Electoral o al
Inspector Electoral que este presente para que
se tomen las medidas urgentes a fin de que se
pueda abrir. Si a las 12 mediriano no se hubie-
se constituido la mesa, la misma no podra funcio-
nar y usted no podra votar.

Informacion que cada ciudadan debe tener antes
de ejercer su voto.
Informece de antemano el numero del Colegio
donde le corresponde a usted votar y su direccion
( calle o numero de finca ) donde el mismo estara
situado , llenando o haciendo le llenen el impreso
que le facilitamos a ese efecto.
Acuda temprano a votar , proque asi tendra tiempo
sobrado para resolver cualquier dificultada que se
le presente, una de las cuales puede ser la de que
no obstante a usted elector del Colegio , no figure
su nombre en el libro. En ese caso, acuada repida-
mente a la Junta Municipal Electoral, la que tiene
la obligacion a expedirle a su solicitod una certi-
ficacion aclarandole el error.

Al elector no puede negarsele el derecho a votar.
porque su carnet esta borroso o deteriorado o porque
contenga determinado particularidades que no concuer-
da exactamente con la inscripcion del Registro del
Colegio y se trate de errores sin transcendencia .
En todo caso, podra votar bajo protesta